¡Abogados del mundo, critiquemos!

Dos estudiantes abordan un problema clásico del imaginario de los abogados: la supuesta distinción entre la práctica y la teoría. En dicho ejercicio reivindican el rol de la teoría jurídica como herramienta para la construcción de un mejor Derecho.
Por: Andrés Jurado e Iván Díaz, estudiantes de Derecho y Filosofía. am.jurado569@uniandes.edu.co y ie.diaz484@uniandes.edu.co.
Probablemente los abogados sepamos esto: Filosofía, etimológicamente, proviene de la palabra griega φιλοσοφία, en la cual “filo” significa amor y “sofía” quiere decir sabiduría. En resumen, amor por la sabiduría. Aunque parece dice poco y suena cliché, el “amor por la sabiduría” de los filósofos ha hecho que la Filosofía sea una de las disciplinas occidentales más viejas que se han conocido y, a su vez, ha sido la razón de complejos debates en los que, desde tiempos inmemorables, se busca llegar a la verdad. Ahora bien, en su mayoría, a punta de lo que solemos identificar como teoría, por oposición a la práctica, la Filosofía lo ha logrado. Entonces, ¿no deberíamos sacar de todo esto algo aplicable para nosotros los abogados? Pues, ¡POR AMOR AL DERECHO, CRITIQUÉMOSLO!
Los abogados hemos dividido la profesión y hemos dicho: “la crítica a la academia y la práctica a los juzgados”. Solemos identificar a los “verdaderos abogados” con los que ejercen la práctica, es decir, los abogados de juzgado. Por otra parte, identificamos a los teóricos y críticos del Derecho como pertenecientes a algo distinto de la verdadera práctica jurídica: filósofos, sociólogos, “charlatanes”, entre otras. Ahora bien, como en todo, hay excepciones, pero el imaginario es este: la escisión del hombre en, o ser pura teoría, o ser pura práctica. ¡Pues esto es falso!
En este sentido, hace poco Isabel Cristina Jaramillo, profesora de nuestra facultad, mencionaba que “la teoría moldea la práctica y tener mejor teoría es tener mejor práctica”. A su vez, Isaiah Berlin, politólogo e historiador inglés, reconoció la importancia de la teoría cuando mencionó que “los conceptos filosóficos engendrados en el sosiego del despacho de un profesor de Filosofía pueden destruir una civilización”. Pues bien, en vez de dividir la teoría y la praxis, ¿más bien no podríamos juntar ambas?, ¿o es que la teoría está indefectiblemente separada de la praxis? ¡Separarlas es un error abogados! Una buena teoría cambia el mundo y, para bien o para mal, el marxismo nos enseñó que el mundo no volvería a ser el mismo. Es un deber someter el mundo a un examen crítico, incluso a las teorías, opiniones, dogmas, políticas, etc., que justifican esa forma de ser del mundo para que este nos manifieste sus problemas y nos permita cambiar nuestra
práctica. Entonces, si los abogados amamos el Derecho, ponerlo a prueba a través de un examen crítico no es una tarea despreciable, sino una que por amor le debemos para lograr hacer de él una obra lo más bella posible.
Si algo nos enseña la historia es que el concepto de Derecho que manejamos es heredado. Todas las nociones que hoy utilizamos fueron fruto de luchas ideológicas. Por ejemplo, para los griegos no existía una distinción entre justicia y Derecho. Nosotros, al parecer, partimos de dicha distinción. El Derecho liberal moderno consagró a los derechos como un ideal en la Revolución de 1789 y asignó como función a los juristas la protección de estos. En un texto titulado “La persona y lo sagrado”, Simone Weil escribe una frase que nos permitimos citar: “La noción de Derecho lanzada a través del mundo en 1789, ha sido, a causa de su insuficiencia in- terna, impotente para ejercer la función que se le confiaba”. El Derecho nos otorga a los abogados una función que pa- recemos ignorar, pero sea cual sea ésta, no podemos acudir al facilismo de pensar que el Derecho es un mero conjunto de normas y que nuestra función es limitarnos a aplicarlas, a replicar el sistema y ya. El Derecho es algo más que eso. A su vez, la historia jurídica nos enseña que dependiendo del momento que viva una sociedad, el Derecho tiene una función diferente. Para bien o para mal, abogados, nuestro momento histórico es el proceso de paz, lo que nos da una nueva función a cumplir. Finalmente, si consideramos que el Derecho no es más que la materialización de una idea de justicia en un tiempo y en una sociedad, y que esta idea es variable y debatible, entonces, aunque la pregunta por nuestra función como abogados no tenga una respuesta definitiva, hacer crítica es una herramienta que nos da la oportunidad de movernos en las posibilidades que contiene la pregunta por nuestra función.
Para nadie es falso que nuestro amado Derecho, sea cualquiera el que estemos trabajando, está lleno de problemas. Problemas que se agravan aún más en un país como el nuestro. Los afines al marxismo que quieran criticar el Derecho encontrarán en la propiedad privada su principal problema; los que se acerquen desde Hegel encontrarán en el Derecho una expresión humana intersubjetiva e histórica, y los que se acerquen desde las varias teorías que existen encontrarán diferentes problemas. En consecuencia, el punto es que existen distintas posturas de todos los gustos para pensar el Derecho. Si esto es así, y nuestra profesión no es una obra terminada porque hemos llegado a algo así como “el fin de la historia del Derecho”, entonces la labor crítica y teórica desde los diferentes planos en que podemos realizarla (marxismo, feminismo, etc.), es una tarea que, como lo es en la Filosofía, nos mueve a desarrollar grandes debates jurídicos desde la variedad de posturas que los abogados podemos adoptar, intentando resolver los innumerables problemas de nuestro amado e inacabado objeto de estudio: el Derecho.
Abogados: renegar de la crítica jurídica, relegando nuestro oficio sólo a la aplicación mecánica de normas, es negar la cantidad de posturas teóricas que podemos adoptar. Siempre existirá algún modelo que se acomode a la forma de pensar de cada quien. Uno que nos permita, mediante la crítica, poner a prueba el Derecho actual y pensar otra forma posible para aquel.
De tantas lecciones que debemos aprender de los griegos, una de ellas es la definición de verdad (aletheia) como desencubrimiento. Para ellos, la verdad no es más que sacar a relucir aquello que se encuentre oculto, mientras que, por oposición, verdad para nosotros es una correspondencia, por ejemplo, entre lo que decimos que hay en el mundo y lo que en realidad hay en él. Si la crítica tiene algo de poder, su cercanía a la verdad se entiende como el buscar que el mundo se manifieste como en realidad es. La crítica tiene el poder de sacar a relucir aquello que no vemos. Tal vez la crítica no dé respuestas inmediatas ni soluciones, pero nos permite visualizar algo que existe pero que, por causas tal vez no muy conocidas, no nos atrevemos a decir o no podemos ver.
La crítica debe tratar de desencubrir lo que está detrás de todas esas “verdades absolutas” y “presupuestos evidentes” que internamente parecemos asumir los abogados. Ahora bien, no hay que olvidar que la crítica genera molestia a aquellos que se sienten a gusto con lo dado y que la crítica también se somete a crítica. A pesar de ello, vemos en la crítica un camino que promete acercarnos a un Derecho un poco más real, pero, como todo camino difícil, tiene diversos obstáculos.
Finalmente, el filósofo griego Platón mencionaba que el primer paso para acercarse a la verdad es tener amor por ella, es decir, una disposición interna por alcanzarla. Luego, a partir de comenzar por amar la verdad es que se puede empezar a actuar para llegar a ella. Si las cosas son como Platón mencionaba, un amante de algo no es un sujeto pasivo sino más bien uno activo, es decir, un sujeto que cuando ama algo empieza a actuar para lograr acercarse a lo que ama. Siendo así, si en realidad amamos el Derecho, no nos contentemos con aplicar mecánicamente un conjunto de normas y ya, replicando el sistema actual cual si fuera el único existente. Más bien seamos sujetos activos de éste, pensémoslo y critiquémoslo, hagamos de esa crítica una práctica de libertad, una muestra de la diversidad de posibilidades que somos cada uno de nosotros, de la variedad de mundos posibles que pueden existir, de la pluralidad de formas de Derecho que puede haber. Por eso, quizá los abogados deberíamos cambiar un poco la frase final con la que Marx termina el “Manifiesto Comunista” para adecuarla a nuestra profesión: La frase debe ser: ¡ABOGADOS DEL MUNDO, CRITIQUEMOS!
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