Cuarta Corte, cinco vacantes, tres Magistrados y nuevas explicaciones

Un análisis estratégico sobre la nueva Corte Constitucional pone sobre la mesa tensiones relevantes para la conformación del máximo órgano constitucional.
Por: Jordi Enrique Buitrago. Estudiante de segundo semestre de Ciencia Política y Derecho. je.buitragos@uniandes.edu.co
A punto de cumplir un cuarto de siglo de vida, la Corte Constitucional se enfrenta en el 2017 a cambios internos y obligaciones cruciales para la vida política y jurídica de Colombia. No es nuevo ver a la Corte Constitucional teniendo, en su calidad de máximo intérprete y defensor de la ley suprema, un rol vital en muchos de los proceso del acontecer nacional. Pero sin duda es excepcional el hecho de que este año veremos cómo empieza a tomar forma la cuarta Corte Constitucional.
Como se indica en el título, este año la Corte tendrá cinco vacantes: las de los Magistrados Gabriel Eduardo Mendoza, Jorge Iván Palacio, María Victoria Calle, Luis Ernesto Vargas y Aquiles Arrieta (quien reemplaza aL destituido Jorge Ignacio Pretelt). De esas cinco vacantes, res serán llenadas este año. De esas tres, ya se llenó la del Magistrado Mendoza, quien será reemplazado por Antonio José Lizarazo. Los otros Magistrados serán elegidos entre febrero y abril. Poco a poco irá tomando forma ante nosotros la cuarta Corte Constitucional de la historia de Colombia. Cuando todas las vacantes queden llenas, cinco de los nueve Magistrados serán nuevos respecto de los que en este momento sesionan en el Palacio de Justicia. Si bien faltan algunos años para que se abran y llenen las otras cuatro vacantes y así tener una nueva Corte stricto sensu, el cambio que se vivirá este año es crucial, ya que con cada nueva Corte vienen nuevas ideas, nuevas tendencias, que influyen en las decisiones, la doctrina y la jurisprudencia constitucional.
Entre sus muchos desafíos, la cuarta Corte en formación tendrá el deber de hacer el control de constitucionalidad de todas las leyes que el Congreso de la República apruebe respecto de la implantación del acuerdo de paz. Sin duda, serán todos fallos trascendentales; serán sentencias que sin duda llegarán a manos de nosotros, los estudiantes de Derecho, como parte de las lecturas en la carrera.
Y es aquí donde yace el motivo de este texto. La primera de las sentencias relativas al acuerdo de paz fue la que aprobó el mecanismo de implementación por vía rápida. Y si en el título hablo de explicaciones nuevas es por el hecho de que casi nadie en el país entendió la explicación que dio la Magistrada Calle, ponente de la sentencia C-699/16, sobre esta. La decisión de la Corte en este tema fue crucial para el futuro del acuerdo de paz, y naturalmente el país quiso saber por qué el guardián de la Constitución aprobó el mecanismo acusado de atentar contra la supremacía constitucional. El resumen de las múltiples entrevistas en radio, televisión y prensa escrita que dio la Magistrada Calle se puede sintetizar en el titular de la Revista Semana poco después: no se entendió.
Ante la incomprensión de la explicación de un fallo queda el recurso de leer la sentencia, pero este recurso sólo está abierto a los abogados, que son quienes saben leer jurisprudencia. Así, el colombiano sin formación jurídica no pudo entender el porqué de la decisión de la Corte Constitucional sobre al acuerdo de paz y su implementación.
¿Cuál es la relación entre el progresivo cambio de la Corte Constitucional con la fallida explicación de la ratio decidendi de la sentencia C-699/16? Se trata de lo siguiente: la nueva Corte tendrá que emitir sentencias sobre la implementación del acuerdo de paz, sentencias de interés y repercusión nacional. Si bien la Corte toma decisiones trascendentales para nuestro ordenamiento jurídico año tras año, creo firmemente que el escenario actual debe servir para que se tenga en cuenta un criterio fundamental en la elección de los nuevos Magistrados. No hay duda de que los colombianos que han llegado a la honorable posición de Magistrado de la Corte Constitucional poseen habilidades excepcionales (quizá siendo el
bochornoso caso Pretelt la excepción), que los han llevado a su puesto. Sin embargo, la experiencia ha mostrado que la habilidad de explicar fallos oralmente no ha sido de todos los Magistrados.
Si bien no he leído tanta jurisprudencia de la Corte Constitucional como muchos amigos y profesores lo han hecho, puedo decir que no he encontrado una sola sentencia que en la parte escrita no sea entendible. De hecho, esa claridad es uno de los signos distintivos de nuestro tribunal constitucional. Pero considero que cuando un tribunal tiene un rol tan crucial, tan importante para un país, debe tener claridad explicativa en cuanto a lo oral para todos sus fallos. Es esencial que los Magistrados sean capaces de enfrentarse a los micrófonos y no dejar dudas sobre sus fallos. Es necesario que Colombia pueda entender, así no sea con el detalle con el que lo hacen los abogados, por qué la Corte Constitucional decide lo que decide. Por ello, es crucial que este nuevo año, y la cuarta Corte en formación traiga nuevas explicaciones, más claras, más satisfactorias.
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