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Tecnología jurídica y abogados: ¿será nuestro fin?

Por: Valentina Niño Campos. Estudiante de sexto semestre de Derecho, opción en Literatura y miembro del Consejo Editorial. v.nino11@uniandes.edu.co.

A través de este artículo una integrante del Consejo Editorial expone cómo la tecnología ha permeado el derecho y plantea cómo los abogados podemos adaptarnos a estas nuevas innovaciones sin fracasar en el intento.

El avance de la tecnología ha sido exponencial. Hace 50 o 60 años la idea de tener un aparato que pudiera, de manera simultánea, almacenar información, ejecutar programas y permitir la comunicación con los demás parecía algo complejo y muy costoso.

Sin embargo, hoy en día no podemos concebir un mundo sin computadores. Esta misma situación se asemeja a la intersección del derecho con la tecnología. Aunque parecería que asimilar ambas materias es difícil, e incluso contradictorio, no es tarea imposible.

De hecho, el surgimiento y desarrollo de robots-abogados, de smart contracts (contratos inteligentes) que se ejecutan por sí mismos y de sistemas de resolución de conflictos online, es una realidad. Por ejemplo, una startup canadiense de la Universidad de Toronto ya creó a Ross, un robot con inteligencia artificial cuyo software está diseñado para que pueda escuchar y entender el lenguaje humano, analizar la jurisprudencia, rastrear más de 10.000 páginas por segundo y emitir respuestas y conceptos jurídicos más rápido que un abogado. Más aún, ya fue contratado por la firma estadounidense Baker & Hostetler para que se uniera al equipo del Departamento de Gestión de Quiebras[i].

Asimismo, compañías como General Motors, Ford, Tesla, Hyundai, BMW, Intel, entre otras, están trabajando en la creación de carros automáticos que no requieran conductor[ii], para que, además de los beneficios de geolocalización y visión computarizada, también puedan ser utilizados por empresas que rentan carros mediante la introducción de un software que contiene un contrato que ejecuta las obligaciones del arrendamiento por sí mismo y, ante el incumplimiento, termine el contrato y aplique los remedios necesarios. Incluso, ya existen sistemas extrajudiciales de solución de conflictos online para plataformas electrónicas de compraventa, como SquareTrade de Amazon, que ofrecen a las partes resolver sus disputas a través de negociaciones automatizadas y arbitraje profesional[iii].

Estas herramientas tecnológicas funcionan a través de algoritmos ytecnología blockchain. Por un lado, un algoritmo es un “conjunto de reglas que,aplicada[s] sistemáticamente a unos datos de entrada apropiados, resuelven unproblema en un numero finito de pasos elementales”[iv].Por el otro lado, el blockchain es una colección descentralizada de datos quese verifica por los miembros de una red peer-to-peer[v]y que se compone, a su vez, de bloques; cada bloque contiene su propio hashcriptográfico (información) y el registro del hash del bloque que le precedió,el cual es añadido por los nodos de la red después de que verifican esainformación. Esto genera un vínculo entre los bloques y se crea así una cadenade bloques[vi].

“No debemos pensar —ni temer— que la creación de robots-abogados o de contratos que se ejecutan automáticamente significa la extinción del abogado como se conoce hoy en día; por el contrario, debemos pensar cómo nos adaptaremos a estos instrumentos y qué beneficios podremos extraer de ellos para optimizar y mejorar nuestra práctica profesional”. 

Así pues, la forma en la cual este tipo de tecnologías son utilizadas como herramientas legales es mediante la integración de contenidos jurídicos —cláusulas contractuales, jurisprudencia, leyes, entre otras— en cadenas de bloques que contienen códigos fuentes con algoritmos programados. Estos se ejecutan a través de acciones supeditadas al cumplimiento de determinadas condiciones predefinidas en un código, es decir, basados en supuestos de hecho y consecuencias jurídicas. Por ejemplo: si se consigna el pago del precio del contrato de arrendamiento del carro, entonces, el carro se encenderá.

Por tanto, algunas ventajas que reporta el uso de estos instrumentos son ejecutar y garantizar el cumplimiento de obligaciones contraídas, eliminar terceros intermediarios, llevar un registro de las acciones ejecutadas, disminuir las ambigüedades y los errores de interpretación de las normativas jurídicas, entre otras. Sin embargo, una de las desventajas más grandes —y más preocupantes— relativas a la implementación de estas herramientas en el ejercicio del derecho es la forma en la cual los abogados se aproximarán a las mismas.

Como ya mencioné, se cree que el derecho y la tecnología son dos disciplinas excluyentes entre sí, incompatibles, pero no es así. Ambas materias requieren de estudio y actualización continua, son maleables y flexibles pues se van desarrollando a través del tiempo y amoldando a las nuevas situaciones que surgen.

Por lo tanto, no debemos pensar —ni temer— que la creación de robots-abogados o de contratos que se ejecutan automáticamente significa la extinción del abogado como se conoce hoy en día; por el contrario, debemos pensar cómo nos adaptaremos a estos instrumentos y qué beneficios podremos extraer de ellos para optimizar y mejorar nuestra práctica profesional.

El primer factor se puede desarrollar desde la academia. Las universidades y escuelas de derecho pueden empezar a implementar en sus programas curriculares cursos de programación, de lenguajes de codificación, de robótica, entre otros, que le permitan al estudiante de derecho, y también al profesional, acercarse a la tecnología y desarrollar, de manera simultánea al estudio jurídico, competencias en estas áreas. Para la muestra, la Universidad de Standford, en Estados Unidos, ofrece un programa conjunto de Law and Computer Science (Derecho y Ciencias Computacionales) en el cual los estudiantes que ingresan puedan incursionar en nuevas formas de estudio interdisciplinario y puedan acceder a mejores oportunidades de trabajo[vii]. Respecto al ámbito laboral, cabe decir que los abogados con habilidades en programación o codificación (coding skills) tienen una alta demanda en las firmas de abogados[viii]. Esto a su vez permitiría que los juristas incursionaran en nuevos mercados y desarrollaran más emprendimientos.

Ahora, entre los beneficios que podremos obtener de la tecnología jurídica se encuentra la reducción y simplificación de tareas operativas y repetitivas que consumen mucho tiempo y dilatan los procesos, gracias a la automatización de estas.

Por ejemplo, se puede incorporar tecnología blockchain en las bases de datos de los juzgados y de las firmas de abogados para consignar, en tiempo real y de manera segura y eficaz, los estados de los procesos y así permitir que los abogados junior se concentren en preparar los argumentos del caso y no en ir al juzgado a “patinar”.

Otro beneficio es la descongestión del sistema judicial y la reducción de la litigiosidad, pues habrá con- tratos inteligentes que, ante el incumplimiento, apliquen remedios contractuales automáticamente o sistemas de resolución de conflictos online que resuelvan disputas de manera expedita. En estos casos no hay que pensar que los abogados serán reemplazados por máquinas-robot, sino que los primeros serán los artífices de las mismas y los encargados de emplear su conocimiento jurídico en la retroalimentación y mejora de estas.

Finalmente, al paso al que avanza la tecnología, es claro que los abogados necesitaremos aprender nuevas habilidades para responder adecuadamente a las exigencias e intereses de los clientes y del mercado jurídico, no obstante,debemos entender que esto no significa la extinción del abogado, sino que es una evolución del sistema legal que nos permitirá concentrarnos en nuevos desafíos y ampliar las fronteras de la profesión legal, que cada vez es más dinámica.



Link Imagen

[i] Legis.pe.(2018). Ross, el primer abogado robot que litiga utilizando inteligenciaartificial. Obtenido de: https://legis.pe/ross-primer-abogado-robotlitiga-usando-inteligencia-artificial/

[ii] El Comercio. (2018). Autos autónomos: Las empresas que v ienen desarrollando estos vehículos. Obtenido de: https://elcomercio.pe/tecnologia/ actualidad/autos-autonomos-empresasvienen-desarrollando-vehicu losnoticia-505990

[iii] La Opinión. (2018). ¿Cómo funciona la protección SquareTrade en la compra de electrónicos en A mazon? Obtenido de: https://laopinion.com/ guia-de-compras/como-funciona-laproteccion-squaretrade-en-la-comprade-electronicos-en-amazon/

[iv] El País. Retina. (2018). En real idad, ¿qué […] es exactamente un algoritmo? Obtenido de: https://retina. elpais.com/retina/2018/03/22/tendencias/1521745909_941081.html

[v]Raskin, M. (2017). The Law and Legality of Smart Contracts. Georgetown Law Technology Review, 1:2, 305-341.

[vi] Christidis, K. y Devetsikiotis, M. (Mayo de 2016). Blockchains and Smart Contracts for the Internet of Things. IEEE Access, 4, 2292-2303

[vii] Stanford University, Law and Computer Science. Obtenido de: https://law. stanford.edu/education/degrees/jointdegrees-within-stanford-university/ law-and-computer-science/

[viii] Miller, B. (20 de octubre de 2016). Smart Contracts and the Roles of Lawyers (Part 1) – About Smart Contracts. Big Law K M . Ma nag i ng K nowledge i n Large Law Firms. Obtenido de: http:// biglawk m.com/2016/10/20/smartcontracts-and-the-role-of-lawyers-part1-about-smart-contracts/

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