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Juez de tutela decreta la nulidad del proceso electoral en contra de Carlos Beltrán y Nicolás Castro

Por: Redacción Facultad

La sentencia

El día primero de este mes, el Juzgado treinta y seis penal del Circuito de Bogotá decidió amparar los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa de Carlos Beltrán y Nicolás Castro, candidatos a las elecciones al CEU en el 2018. El 13 de noviembre del año pasado, el Comité Administrativo del Consejo Estudiantil Uniandino dio por terminada la candidatura de dicha fórmula por considerar que se habían “violado no solo los Estatutos del Consejo Estudiantil Uniandino y las normas que estos establecen para las campañas electorales, sino también los valores y principios de la Universidad”. Los efectos de esta decisión fueron que, a pesar de que Beltrán y Castro ganaran las elecciones, la fórmula de Juan Tomás Gómez y Alberto Gómez fue posesionada como representantes al CEU.

Previa acción de los interesados, el 22 de noviembre el Juzgado diecisiete penal declaró improcedente la tutela. En dicha decisión, el togado consideró que el Comité actuó de conformidad con el Estatuto Estudiantil y que los accionantes conocieron las pruebas y los fundamentos de la sanción. Aseguró, además, que Beltrán y Castro contaron con la posibilidad de ejercer su derecho de contradicción a través de los recursos de apelación y reposición.

En la sentencia de impugnación (cuyo link puede consultar abajo), el juez consideró que si bien

[E]s cierto, el artículo 69 de la Constitución Política prevé la garantía de la autonomía universitaria y, dentro de las misma, la posibilidad de darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, a la par que la comunidad educativa tiene el derecho de apoyar y participar en la dirección de las instituciones de educación, como se desprende del inciso 2º del artículo 68 ibídem, pero esos derechos, como muchos otros, no tienen carácter absoluto.

Sobre el proceso particular del CEU, el juez apuntó que es “evidente la inexistencia de unas reglas mínimas para que el Comité Administrativo adelante el proceso de verificación de la falta e imposición de sanciones, con pleno respeto de las garantías de los candidatos…”. Precisamente, aseguró que i) no se les informó sobre la apertura del proceso electoral, ii) no se les dio la oportunidad de controvertir las pruebas en su contra, ni aportar las propias y iii) la posibilidad de interponer recursos no puede entenderse como una garantía suficiente de los accionantes.

El juez declaró, entonces, la nulidad del proceso electoral y ordenó que el Comité Administrativo adelantará un nuevo proceso con respeto de dichas garantías fundamentales. El juez aclaró que dicha decisión no deja sin efectos las elecciones estudiantiles pues, como los accionantes fueron incluidos, una eventual decisión no sancionatoria tendría el efecto de tomar en cuenta los votos obtenidos por Beltrán y Castro y, por lo tanto, posesionarlos como representantes al Consejo Estudiantil.

¿Por qué el CEU dio por terminada la campaña de Beltrán y Castro?

Mediante Resolución del 13 de noviembre de 2018, el Comité Administrativo del Consejo Estudiantil Uniandino (CEU), bajo la dirección de las estudiantes Ana Garlatti-Venturini y Rossmary González,  le comunicó formalmente a los candidatos y a la comunidad uniandina que, luego de investigar y valorar las pruebas allegadas, decide cancelar su candidatura para ser representantes en 2019.

Lo primero que habría que decir es que las campañas de los candidatos al Consejo están regidas bajo los Estatutos del Consejo Estudiantil Uniandino, y que a juicio del Consejo, la fórmula Beltrán-Castro violó los siguientes preceptos:

  1. Iniciar campaña antes de inscribirse, con lo que habrían vulnerado de el artículo 59. Alude el CEU a correos electrónicos en el buzón de profesores, e incluso la asistencia misma de los estudiantes a sus clases antes de la fecha de inscripción, que fue denunciada por estudiantes particulares.
  2. Se encontró que el candidato Beltrán hostigó a estudiantes de la Facultad de Derecho para que apoyaran su candidatura. En palabras del CEU, “las pruebas proporcionadas indican dos casos separados en los que el candidato Beltrán se acercó a los estudiantes para solicitar su apoyo a través de manipulación o soborno, causando en uno de los testigos temor por las consecuencias que apoyar o no la campaña en cuestión tendría en sus notas”. Así, habría incurrido en una violación a los artículos 57 y 61, que consagran —respectivamente— los principios que regulan las campañas y los deberes y obligaciones de los candidatos.
  3. La conducta de los candidatos no solo habría vulnerado los Estatutos del Consejo Estudiantil Uniandino y las normas allí contenidas para las campañas electorales, sino que transgredió también los valores y principios de la Universidad de los Andes.

Con base en estos tres aspectos, el Comité Administrativo del CEU, quien conoció en la primera instancia administrativa del caso en cuestión, decidió aplicar la sanción más grave contemplada en los Estatutos, que es la terminación de la candidatura que consagra el artículo 62.

***

Por ahora falta esperar la decisión del CEU que, según fuentes cercanas, se deberá tomar entre esta semana y la próxima.

Al Derecho ha establecido comunicación con la fórmula Beltrán-Castro, los actuales representantes y con las estudiantes Ana Garlatti-Venturini y Rossmary González para conocer su percepción del estado del caso. Seguimos a la espera de su confirmación.  

[Noticia en desarrollo]

Para revisar la resolución, haga click aquí: https://ceu.uniandes.edu.co/images/Resoluciones/BeltranCastro.pdf

Para revisar la sentencia, copie en su navegador el siguiente link: https://issuu.com/periodicoalderecho/docs/20190306104624720

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Universidad

4 comentarios sobre “Juez de tutela decreta la nulidad del proceso electoral en contra de Carlos Beltrán y Nicolás Castro Deja un comentario

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