José Miguel Narváez: otra pieza del rompecabezas en el caso del inolvidable Jaime Garzón

Eran las 5:45 am del 13 de agosto de 1999, en la carrera 42 con calle 23e del barrio Quinta Paredes de Bogotá, el periodista y humorista, Jaime Garzón, se dirigía en su Cherokee a Radionet. Mientras se encontraba esperando el cambio de semáforo, fue sorprendido por dos sicarios en una motocicleta quienes le propinaron varios disparos causándole la muerte de forma instantánea. La pregunta que queda desde aquel acontecimiento es: ¿quién mató a Garzón?
A lo largo de su vida, Jaime Garzón, realizó un inteligente y polémico ejercicio periodístico criticando los altos cargos de poder en Colombia, y también brindó asesorías a entidades gubernamentales como la Presidencia de la República y la Gobernación de Cundinamarca en temas relacionados con el conflicto armado en Colombia. Sin embargo, presentía que la muerte tocaba su puerta, y haciendo burla a la Fiscalía, le comentaba a sus colegas: “todos los días uno se prepara para morir: que quede bien elegante. Y ya avisé a la Fiscalía que una cosita de oro que tengo acá se la devuelvan a mi mamá, que no se la vayan a robar. Y en medicina legal, tengo unos zapatos quemados porque si se los roban, pues qué carajo”.
Ese era él, un irreverente de inteligencia natural, un heterodoxo, un inconforme y un colombiano cuyas interpretaciones eran más certeras que la realidad misma. A través de personas como Godofredo Cínico Caspa, Dioselina Tibaná y Heriberto de la Calle expuso, con agallas y sin pelos en la lengua, las irregularidades políticas y sociales de nuestro país, y se convirtió en un referente pedagógico para gran parte de su audiencia.
Sin embargo, como bien lo menciona su gran amigo Antonio Morales, el ejercicio que Garzón realizaba fue totalmente premonitorio, y efectivamente así fue. El hombre de lentes grandes, sonrisa desordenada y humor ácido, partió de este mundo tras un ataque sicarial. Colombia no volvió a reír igual, silenciaron nuestra dosis de verdad y apagaron, cobardemente, al único valiente que se convirtió en un elemento de oposición generalizada contra el poder.
Fue por esto último que, en el año 2001, Ana Daisy Forero -viuda de Garzón-, Manuel Alfredo Garzón Forero y María Soledad Garzón Forero -familiares de Jaime Garzón- interpusieron una demanda contra el Estado en ejercicio de la acción de reparación directa. La demanda tenía como fin que se les declarara administrativa y patrimonialmente responsables por los perjuicios sufridos como consecuencia de la muerte del periodista y humorista. Al respecto, en el año 2016 (el Consejo de Estado, en la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Tercera- Subsección A) estableció que el asesinato de Garzón se dio en medio de un ataque generalizado y sistemático propiaciado desde la misma institucionalidad estatal.
En palabras del alto Tribunal, “las autoridades estatales que conocieron las intenciones del grupo paramilitar de realizar una masacre para infundir temor en la población, no sólo colaboraron en la preparación para que dicho grupo pudiera llevar a cabo estos actos delictuosos, sino también hicieron parecer ante la opinión pública que la masacre fue perpetrada por el grupo paramilitar sin su conocimiento, participación y tolerancia, situaciones que están en contradicción con lo ya acreditado en los hechos probados y reconocidos por el Estado. (…).”
Del mismo modo, el magistrado ponente, Hernán Andrade Rincón, afirmó que en la investigación penal realizada por la Fiscalía General de la Nación, se recibieron las declaraciones de múltiples ex comandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia, quienes coincidieron en revelar que el señor José Miguel Narváez Martínez -Ex-director del DAS- había persuadido a Carlos Castaño Gil para que coordinara la muerte del periodista.
Conforme con lo anterior, la Fiscalía, el 17 de junio de 2011, profirió resolución de acusación en contra del exfuncionario Narváez Martínez como determinador del delito de homicidio agravado, atendiendo a la situación de indefensión de la víctima y por la finalidad terrorista del hecho.
Es importante recalcar que dicha acusación fue confirmada por el Juzgado Séptimo Penal Circuito Especializado de Bogotá, D.C. en el año 2016, basando la decisión no sólo en los vínculos existentes entre Narváez y el máximo comandante de las autodefensas de aquélla época, el señor Carlos Castaño (condenado en el año 2004 como determinador de la muerte del periodista) sino también, porque al momento de la agresión éste (1) se encontraba solo, (2) fue sorprendido y (3) no tuvo la posibilidad de reaccionar, tampoco contaba con los medios de defensa para repeler el ataque, es decir, se encontraba inerme.
Del mismo modo, se reafirmó el estado de inferioridad en que se encontraba Garzón, al haber sido objeto de seguimiento con antelación a los hechos, esto le permitió a los autores el dominio fácil del hecho. Por otro lado, se determinó que asesinato se había desarrollado con fines terroristas, toda vez que hubo intención de producir miedo, zozobra y pánico a la sociedad. El Juzgado Séptimo Penal Circuito Especializado de Bogotá, D.C, sostuvo que la muerte del periodista estuvo relacionada con la labor humanitaria que desempeñaba para la época, la cual era ser intermediario entre la guerrilla y los familiares de los secuestrados.
Ahora bien, otra de las pruebas de las que se valió la Fiscalía y el Juzgado, fue uno de los testimonios de un ex comandante del grupo paramilitar, quien afirma que el señor Narváez manejaba información sobre personas y organizaciones que consideraba vinculadas con la guerrilla o pensamiento de izquierda, de las cuales obtenía datos a través de seguimientos, búsqueda en bases de datos e interceptaciones (siendo él quien ordenaba los blancos que serían los próximos objetos de rastreo). Es más, dentro de la misma investigación se esclareció la vinculación de Narváez a la organización criminal denominada Grupo Especial de Inteligencia 3 (G-3), originada por fuera del organigrama del DAS y destinada a interceptar correos electrónicos, fax, líneas de celular, entre otras fuentes de conocimiento, de personas consideradas opositoras del gobierno nacional y señaladas de servir a la guerrilla.
El 3 de febrero del 2021, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad de la demanda de Casación interpuesta por el defensor de Narváez en contra de la Sentencia a través de la cual se confirmó la condena impuesta a Narváez como determinador del delito de homicidio agravado. La demanda se fundamentó en la causal de violación indirecta derivada del desconocimiento del debido proceso por afectación sustancial; y violación indirecta de la ley sustancial derivada del desconocimiento de las reglas de producción y apreciación de la prueba.
No obstante, la Sala especificó que dichos cargos no cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 212 de la Ley 600 de 2004 – Código de Procedimiento Penal bajo el Sistema Penal Acusatorio- para el recurso extraordinario, e inadmitioó así la demanda, rechanzando el recurso y manteniendo entonces la condena de 26 años de prisión en contra del mencionado ex-funcionario por el asesinato de Jaime Garzón Forero.
En conclusión, quien robó el alma de los colombianos, donde quiera que esté, estaría celebrando al ritmo de sus ocurrencias la decisión. Haría mención a una de sus más célebres frases, la cual invita a la continua búsqueda de la reconciliación nacional: “nadie puede llevar por encima de su corazón a nadie, ni hacerle mal en su persona, aunque piense y diga diferente”.
José Miguel Narváez es tan solo una pieza en el eslabón del atroz crimen en contra del periodista, pues siguen habiendo cientos de interrogantes por resolver. Sin embargo, de alguna u otra manera, la muerte de Jaime Garzón se ha ido esclareciendo poco a poco, sin dejar en el olvido su memoria, su legado y su humor.
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