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¿La Corte frente a una transformación del lenguaje en el derecho? 

Por: Luisa María Gómez

El 15 de julio del presente año, la Corte Constitucional emitió la sentencia T-262 del 2022 mediante la cual se estudia una tutela interpuesta por un menor de edad -a través de una agencia oficiosa- por haber considerado vulnerados sus derechos fundamentales. En los últimos apartados de esta sentencia, los jueces decidieron hacer uso del lenguaje de fácil comprensión para explicarle la decisión al niño.

Y es que, en efecto, una de las críticas constantes a la jurisprudencia de la Corte es la dificultad para comprender los términos y el largo análisis de estos escritos judiciales. La extensa evaluación de los jueces y la jerga específica de la profesión conlleva a un afán por lograr manifestaciones con gran propiedad. Sin embargo, esto conduce a que muchas veces se establezcan líneas argumentativas con tecnicismos y abstracciones de difícil comprensión.

La implementación de este apartado en la sentencia busca alcanzar la comprensión por parte del menor en cada una de las decisiones tomadas. Esto, con el fin de evitar obstáculos formales que lo desorienten, pues en este caso no se harían efectivas aquellas garantías de derechos que se protegen a través de esta herramienta judicial.  En este sentido, la Corte  en este apartado comienza dirigiéndose al menor de la siguiente manera: 

“Hemos conocido tu situación. Sabemos que vives con tu abuelita y tu abuelito, a quienes quieres mucho. Sabemos también de las situaciones que viviste con tu papá y que probablemente eso te hizo sentir incómodo, triste y molesto.” “(…) tenemos conocimiento de que, aunque tu mamá no está contigo, ella te dejó un dinero para que puedas estudiar, comer, jugar y divertirte. También nos enteramos de que no estabas recibiendo ese dinero. Por eso, los jueces tomamos algunas decisiones para proteger tus derechos (…)” 

Sin duda alguna, la implementación de este apartado por los magistrados José Fernando Reyes Cuartas, Diana Fajardo Rivera, y Natalia Ángel Cabo, constituye un precedente fundamental y considerablemente emotivo por varias razones: en primer lugar, permite comprender y exigir incesantemente derechos que en la práctica se desconocen por una parte de los ciudadanos. Segundo, busca alcanzar que se garantice el ejercicio de los derechos de todos a través de la eliminación de una potencial barrera comunicativa. En tercer lugar, invita a los jueces a re-pensar el desarrollo de las mismas sentencias, en la medida en la que, a pesar del indiscutible, extenso y necesario trabajo del juez para administrar justicia, la aplicación del derecho debería ser entendida y alcanzada de manera sencilla por todos los ciudadanos. 

Ahora bien, esto es fundamental porque en Colombia hay un problema sobre el acceso a la justicia en igualdad de condiciones. Este radica en que para poder alcanzar este derecho de manera efectiva, las personas deben contar con la facultad de agenciar diferentes mecanismos legales y judiciales para poder protegerse. Sin embargo, los mecanismos que existen en Colombia para poder obtener servicios de justicia, tales como la tutela, el derecho de petición y la acción popular, son complejos y presentan obstáculos en relación con el simple reconocimiento de vulneración de derechos, el desconocimiento sobre el funcionamiento del sistema, la poca eficacia de los procesos.

Podría considerarse que muchos de los obstáculos pueden superarse, en parte, con la mera comprensión de la situación y entendimiento de las decisiones tomadas, en la medida en la que de esta forma se evita el entorpecimiento del sistema, pues se acudiría a la justicia con fines claros y concretos y también se llevaría a cabo un control ciudadano acerca de la legitimidad de las decisiones.  Por esta razón, el uso del lenguaje de fácil comprensión es un gran paso hacia un sistema mucho más equitativo, en el que todas las personas tengan la capacidad de defender y exigir sus derechos. Esta debería ser una herramienta impulsada por todos los jueces y autoridades para explicar con claridad cada una de las razones por las cuales se elabora una decisión. 

Ahora bien, a partir de lo anterior, es importante tener en consideración dos asuntos en concreto. El primero de ellos es que uno de los precedentes importantes sobre los cuales la Corte Constitucional fundamenta la implementación de este lenguaje es el Amparo de Revisión 1368/2015 realizado por la Corte Suprema de México. Con base en el análisis realizado en este amparo, es indispensable considerar que el apartado de lectura fácil en las sentencias deberá integrarse conforme pase el tiempo, de manera que se utilicen todos los apoyos necesarios para poder ejercer con plenitud el derecho de acceso a la justicia, el derecho a la igualdad, y la no discriminación de todos los ciudadanos. 

El uso de todos estos apoyos es indispensable debido a que las decisiones judiciales implican la individualización y adaptación de necesidades de la persona en concreto sobre la cual se está resolviendo el caso. Es decir, además de requerir la utilización, un lenguaje cotidiano y sencillo y el uso de ejemplos en aquellos casos en los que sean necesarios, adicionalmente deberían tenerse en consideración: i) herramientas de apoyo como formatos audiovisuales y el Braille para aquellas personas con discapacidades físicas, y  ii) explicaciones dedicadas de manera especial a personas que tienen gran dificultad para entender plenamente el sistema de justicia como los indígenas. 

A partir de este replanteamiento será posible en mayor medida el reconocimiento de derechos y garantías de aquellos ciudadanos que en la actualidad no reconocen y no entienden el sistema judicial del país. Será necesario la implementación de estas herramientas en un nivel mucho más amplio. Es decir, es fundamental que todos los jueces y todas las autoridades del país, atiendan verdaderamente a sus deberes y, en la práctica, contribuyan a un sistema donde el acceso a la justicia no se caracterice por barreras formales que ocasionan una desintegración del sistema y la masiva vulneración de derechos y garantías constitucionales. El ejercicio de incluir e informar a los niños sobre sus derechos y garantías es una muestra del esfuerzo de la Corte por garantizar el acceso a la justicia y proteger los derechos de un menor, como lo establece la Constitución. Todo esto, en sintonía con su jurisprudencia y conceptos como el de “autonomía progresiva” de niños y niñas, en el cual se tiene a los niños como plenos sujetos de derechos.  

Ahora bien, el segundo asunto en concreto para tener en consideración a partir del uso del lenguaje de fácil comprensión es cuestionarse hasta qué punto es necesaria esta práctica. Esto, en la medida en que para lograr la correcta y transparente aplicación del derecho es fundamental no apartar totalmente el estudio y el uso de elementos jurídicos, pues es a través de ellos que se materializan las garantías constitucionales. 

Las herramientas jurídicas están diseñadas, precisamente, para lograr un efectivo ejercicio de derechos y, si bien ciertos grupos no alcanzan a comprender el funcionamiento del sistema jurídico, sin la existencia de estos elementos, no es posible establecer una ruta para emplear la capacidad de presentar, defender y exigir reclamos. Es decir, el uso de lenguaje sencillo debe simplificar los tecnicismos jurídicos, pero no debería en ninguna medida reemplazarlo ni superar la relevancia del análisis especializado. ¿Por qué?, pues porque estos apartados abren la puerta a interpretaciones mucho más amplias y en esta medida entraría en juego la certeza de la aplicación del derecho, o lo que bien se conoce como seguridad jurídica.

Todo esto son elementos importantes  para reflexionar y entender que el ejercicio del derecho es indispensable para direccionar el camino de sociedades que, por diferentes razones, han perdido la capacidad de comprender y ayudar a los demás. Mientras en la práctica no haya un esfuerzo por abrir los ojos de las personas acerca de la realidad, será muy difícil vivir en una sociedad medianamente justa. El derecho es portador de la verdad  y se ha acostumbrado a entenderlo como una mera ciencia normativa y positiva. Sin embargo, la capacidad que aún nos queda para captar lo verdaderamente bueno, debe ser el incentivo para lograr alcanzar, a través de estas herramientas, lo que es bueno para la población en general.

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Jurídica

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