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Un día en los tacones de una penalista

Por: Isabella Arrubla y Tatiana Suaza

3 pasos firmes y entaconados, la frente en alto y una mirada segura y penetrante. Sin lugar a duda, los 3 indicios concluyentes de que se está en presencia de una mujer berraca, preparada y capaz. Ligia María Vargas y Laura Guerrero, son dos grandes penalistas que hacen parte de nuestra Facultad. Ligia es doctora en Estado de Derecho y Gobernanza Global por la Universidad de Salamanca, y actual profesora de cátedra en la Universidad de los Andes. Laura es magíster en investigación en derecho de la misma universidad y becaria del Instituto Colombo-Alemán para la Paz, además, trabaja en uno de los despachos de la Justicia Especial para la Paz (JEP). Ambas portan grandes y luchados títulos, pero pocos conocen lo que es vivir en el cuerpo de una mujer penalista. Por esto, en esta ocasión discutiremos sobre la innegable brecha de género que existe en el ámbito del derecho penal, la cual le impide a las mujeres ser reconocidas con el mismo mérito que ostentan sus pares de género masculino.

Ligia y Laura, desde muy jóvenes, se encaminaron en la ruta del derecho penal. ¿Destino? ¿Casualidad? No lo sabemos. Lo cierto es que, con la misma rapidez, empezaron a llegar comentarios como “¿Tú tan bonita y penalista? ¡¿Pero cómo se te fue a ocurrir?!”. En un primer momento, la sociedad no puso en duda sus capacidades como abogadas, sino que, por el contrario, les dio una pequeña pista de lo que sería ser mujer penalista en un mundo gobernado y juzgado históricamente por el género masculino. Un mundo donde los cuestionamientos por haber escogido adentrarse en ese ámbito del derecho, nunca dejarían de llover. Esos primeros comentarios no fueron sino la punta del iceberg, pero, inintencionalmente, las prepararon para dar una buena batalla jugando en el terreno del adversario.

Juventud, divino tesoro

No es secreto para nadie que vivimos en un planeta que ha sido construido (en su gran mayoría), pero sobre todo, legalmente, por hombres. Que hoy en día la sociedad haya evolucionado, y haya empezado a reconocerle a las mujeres todos aquellos derechos que solo se le reconocían a los hombres, y que por fin se han empezado a reconocer las capacidades del género femenino, es otro cuento. Pero eso no quita el hecho de que hoy en día el derecho penal sigue siendo un campo dominado por hombres, en el cual se suele cometer el grave error de pensar que las mujeres no podemos jugar con la misma camisa y mucho menos, meter un golazo.

“Íbamos cinco personas, todos funcionarios públicos. Dos judiciales hombres, dos asesores hombres y yo cuando nos encontramos a un grupo de víctimas. Nos dio curiosidad saber cuál era la percepción que tenían frente a los roles de nuestro equipo, así que les preguntamos que, entre los cinco, quién pensaban que tenía más cargo. De las siete víctimas que estaban ahí, cinco dijeron que yo era la secretaria. Y yo manejaba el caso” recuerda Ligia de aquella vez en el Caquetá.

Algo muy parecido tuvo que vivir Laura en uno de sus trabajos junto con otras mujeres penalistas al escuchar los rumores que rondaban en la oficina. “Es que ellas están en ese cargo es por lo bonitas”. Preocupante, ¿no? Y no solo por el hecho de que claramente dicho comentario desvalorizó las capacidades de Laura y sus compañeras, sino porque no se nos hace extraño leer testimonios como este. ¿O acaso algún lector se encuentra altamente sorprendido? La sociedad nos ha enseñado, o más bien, adoctrinado, a pensar que la mujer alcanza profesionalmente sus metas gracias a lo que su cuerpo ha representado históricamente: belleza y placer. En el mejor de los casos, pensarán que llegó hasta allí por el fenómeno de la mismísima suerte, pero, ¿porque sean igual de capaces o incluso mejores que sus colegas hombres? Ni pensarlo.

Estas experiencias vividas en carne y hueso por las profesoras, son la máxima representación del molde en el que busca espicharnos el mundo en el que vivimos. Y sí, la palabra correcta es espicharnos. Como cuando hay mucha ropa para empacar en la maleta o mucha masa para hornear un ponqué y se debe cortar a la fuerza los pedazos que consideramos no son realmente necesarios, a ver si así encajan en el insípido y simple molde fabricado tantos años atrás. El problema es que en estos dos casos, escogieron una masa con levadura de sobra. Una masa que crece y crece sin permiso de nada ni de nadie. Una masa que lleva horneándose desde hace un buen tiempo y que no permitirá que ningún obstáculo le impida transformarse en uno de los ponqués más preparados y solicitados de la industria. Así que nuevamente: un golazo.

La determinación y disciplina con la que se forjaron estas dos grandes penalistas parece no tener freno ni talanquera que las detenga. La autoconfianza, sumada al hecho de haber tenido sus metas claras desde tan jóvenes, les ha permitido llegar a escenarios y desenvolverse con experticia total donde pocos han logrado poner el pie.

“(…) Preguntamos que, entre los cinco, quién pensaban que tenía más cargo. De las siete víctimas que estaban ahí, cinco dijeron que yo era la secretaria. Y yo manejaba el caso”

Un corazón con coraza

Y es que alrededor del ser abogada, además de eso penalista, y tras de todo una mujer joven, habitan cientos de estereotipos y prejuicios, pero sobre todo, barreras complejas de atravesar. Un ejemplo de ello es la emocionalidad con la que se suele asociar al género femenino y el errado pensamiento de que es una desventaja cuando llega la hora de ejercer el derecho penal. Al respecto, Ligia afirma que “la emocionalidad siempre ha estado ahí y va a seguir ahí, la emocionalidad es parte de uno y de todos, la diferencia es que a los hombres les enseñaron a reprimirla y a nosotras no”. He ahí el dilema. Nuevamente nos encontramos frente a un bloqueo institucional, político y claramente social contra el cual solo alguien que hubiese perdido la cabeza se atrevería a refutar. ¿Tienen los hombres la misma libertad de expresar sus emociones? ¿Cuántas lágrimas femeninas equivalen a una masculina? La balanza en este caso pareciera desestabilizarse un poco, sin embargo, aun cuando socialmente está aceptado que los hombres repriman sus emociones, en circunstancias como las que presenta el derecho penal, parece no ser relevante. Es como si los beneficios de encasillar a la mujer en el papel de “sensible, llorona y emocional” y a los hombres en el de “duros, fuertes e insensibles” fuera incluso conveniente.

¿Tienen los hombres la misma libertad de expresar sus emociones? ¿Cuántas lágrimas femeninas equivalen a una masculina?

Escribir un artículo en donde las mujeres sean las protagonistas puede causar un desincentivo para muchos lectores que yerran en pensar que se tratará de un texto feminista radical, o uno más de esos tantos que existen hoy en día en donde las quejas sobran y los argumentos escasean. Pero este no es el caso. Este artículo busca plantear muchas realidades que a veces suelen esconderse bajo las alcantarillas e incluso dentro de las mismas almas de quienes saben la verdad. ¿A qué nos referimos con esto? Al ser humano le encanta quejarse. Le encanta quejarse de lo que hace y no hace el otro género. Le fascina criticar una realidad que le es ajena, y por alguna extraña razón, le apasiona aún más cuestionar la igualdad entre ambos sexos. Por eso, cuando en ocasiones como las que se presentan en derecho penal donde al hombre se le obliga a reprimir sus emociones para asegurarle así su puesto en la cúspide de la pirámide, este prefiere quedarse callado… implique lo que implique.

Por la misma línea, Laura considera que no es tan descabellado pensar que Colombia -al ser un país altamente marcado por la guerra y tener como actores principales a los hombres- estos últimos prefieren ser juzgados por personas de su mismo género. Es como si inconscientemente intentaran conseguir la solidaridad de los de “su bando”. Algo similar plantea María del Pilar Carmona, abogada y magister de la universidad, en su trabajo titulado Mujer vs Abogada[1]. Allí, se evidencia que las mujeres son percibidas como buenas para administrar personal, razón por la cual se les confían cargos como jefa de recursos humanos, o incluso secretaria general; pero que para decisiones penales duras, existe cierta desconfianza. Por ello, aun cuando tanto Ligia como Laura reconocen la situación de privilegio en la que crecieron y posteriormente se formaron como profesionales, no deja de ser un reto intentar legitimarse como lo que son: dos grandes penalistas que tiene Colombia.

Por la misma corriente, refiriéndonos a los perjuicios que tiene hoy día la sociedad, es importante hacer alusión al papel que juega la dogmática penal. Por ejemplo, la primera imagen que se nos viene a la mente cuando nos dicen “sujeto activo”, entendido este como el individuo que realiza una conducta sancionable por el derecho penal, o cuando alguien comenta que se cometió un hurto en el Transmilenio o un acceso carnal violento en alguna localidad de la ciudad, es la de un individuo de género masculino. Nos atrevemos a decir que son pocos los lectores a quienes en su mente apareció el rostro de una mujer, pues hemos interiorizado que es el hombre quien comete el delito. Es decir, alrededor de la dogmática penal, se ha ido construyendo un imaginario colectivo difícil de controvertir. Pero algunos se preguntarán ¿y cómo es esto desfavorecedor para el género femenino? Pues el problema radica en que para algunas personas no resulta extraño asociar -incluso involuntariamente- la comisión de un delito por una mujer con que esta se encuentra en un estado de inimputabilidad, o en términos más coloquiales, que está loca. Entonces sí es problemático por cuanto la evaluación de un esquema que debería ser neutral, no lo es y como consecuencia, se termina emitiendo un juicio que afecta no solo la vida de la acusada, sino fomentando el prejuicio de que la mujer es débil en todos los escenarios posiblemente contemplados.

No es secreto para nadie

Para ambas abogadas, no cabe duda de que en derecho penal las mujeres siguen siendo menos. Hay muchos más hombres litigantes, profesores, académicos, funcionarios, e incluso líderes de eventos en temas de derecho penal actual en donde las mujeres -la gran mayoría de veces- tienen el rol de moderadoras, y nada más. ¿Las razones? Miedo, prejuicio y pereza, “porque a nosotras nos cuesta el doble y hay quienes deciden no dar la batalla, y está bien” dice Ligia sin dudarlo ni un segundo. Y así, siendo ambas conscientes de los retos que implica ser penalista en un mundo como este, decidieron dar la batalla, escogieron enfrentarse a aquellas situaciones en donde deben demostrar que -en ocasiones- tienen más conocimiento y experticia que sus pares masculinos, cosa que ellos nunca tienen que hacer.

A lo anterior se suma una postura muy interesante que trae a colación Laura en la entrevista, y es el hecho de que el derecho penal, al ser considerado por muchos autores tradicionales como una ciencia dado al método tan específico que maneja, se enmarca dentro del concepto de “lo científico” o “lo académico”; mundos en donde históricamente los hombres han tenido un protagonismo irrefutable y en donde es solo a ellos a quienes se les reconoce sus aportes a la materia. Así, se hace cada vez más retador la entrada de las mujeres en las áreas que se suelen calificar como “difíciles” y no porque no tengan las capacidades intelectuales para ello, sino porque incluso actualmente las oportunidades en temas de educación equitativa para ambos sexos siguen dejando mucho por desear. Lo anterior se afirma por cuanto el acceso a la educación de niños y niñas a nivel mundial es un aspecto que en algunas regiones del globo terráqueo es muy controversial por razones ideológicas y en otras, uno al cual no se le destina gran cantidad de recursos.

En búsqueda de una academia inclusiva

Otro punto en común sobre las percepciones de estas dos docentes es que no se debe pensar que no hay mujeres escribiendo sobre temas en derecho penal. Lo que sucede es que no reciben la misma atención que sus contrapartes masculinas. Recordemos lo mencionado por Laura líneas más arriba acerca de que “lo científico” y “lo académico” se ha concebido como un campo que debe ser dominado por los hombres. Pero el asunto puede ser incluso más complejo que eso, puesto que la invisibilización de las mujeres penalistas podría tener otras dinámicas o formas de manifestarse y es que sí sean visibilizadas en áreas del derecho penal, pero por las razones incorrectas.

Laura habla sobre la existencia de ciertos procesos que a primera vista son, sin lugar a dudas, un logro para las mujeres, pero que, al analizarlos con mayor profundidad, se termina por concluir que no lo son. De esta manera, las mujeres empiezan a ser más visibles en unas áreas del derecho penal que en otras por el componente sociológico más alto que estas suelen tener. Pero esta visibilización no responde del todo al mérito de los productos académicos de autoras mujeres en dichas áreas, sino que sucede porque, como explicó Laura, ‘‘se considera más sociológica entonces tiene un poco más del resto de las ciencias humanas y por ende es acorde a la idea de que es algo que las mujeres pueden hacer’’.

‘‘Algo que las mujeres pueden hacer’’ es una frase corta, apenas seis palabras, pero ilustra la problemática de ser mujer y lo que es contribuir al derecho penal desde la academia. Ser visible en áreas que son más sociológicas que otras, podría ser un hecho que pase desapercibido, pero esto se convierte en una nueva manifestación de la brecha de género en el ámbito del derecho penal. Esta nueva forma se evidencia en que, por ejemplo, la presencia masculina predomina en temas generales de dogmática, mientras que, en otro tipo de asuntos, como en aquellos relacionados con derechos humanos y sociología en derecho penal, comienza a haber mayor presencia femenina.

‘‘Consígueme una mujer que me defina ‘culpabilidad’. Todos los manuales de parte general son de hombres, las mujeres no hacíamos derecho penal. Conseguir un modelo a seguir era muy difícil. Para mí ha sido muy difícil (…) Tú no tienes una Roxin, ni una Jakobs, ni una Carrara, ni una Beccaria, ¿de dónde me las saco?’’ se cuestiona Ligia cuando relata el rezago de género que ha existido históricamente en esta materia.

Cuando quisimos entender esta situación particular y saber si persistía dicha diferencia en términos del contenido generado por hombres y mujeres, nos encontramos con una dificultad: no había cifras que nos permitieran dimensionar esta problemática; así que nos aventuramos a hacer el siguiente ejercicio: revisar los programas de varios cursos de Derecho Penal General en un semestre en particular. ¿Qué nos propusimos analizar en dichos programas? Básicamente, el número de lecturas cuyas autoras son mujeres, esto con el propósito de mirar si las diferencias de las que hemos venido hablando persistían en la actualidad. Si bien los resultados no son representativos, creemos que pueden dar indicios importantes de la situación de las mujeres penalistas en la academia. Encontramos que en lo que respecta a las lecturas obligatorias de los programas[2] -a excepción de aproximadamente cinco (5) lecturas cuyas autorías o coautorías eran mujeres-, este porcentaje representaba un tres coma ocho por ciento (3,8%) del total de lecturas (131). Más allá de las fibras más sensibles que un resultado como este pueda tocar, surgen entonces varias preguntas relacionadas con cuáles son sus implicaciones. ¿Qué estamos perdiendo al no leer mujeres en derecho penal? O para ser más concretos, ¿las apreciaciones sobre el derecho penal divergen de un género a otro? Estas preguntas creemos que vale la pena hacerlas y tomar acción desde las aulas, de lo que hablaremos enseguida.

“Tú no tienes una Roxin, ni una Jakobs, ni una Carrara, ni una Beccaria”

Siempre hay

Además de abordar de algún modo la producción académica de las mujeres, también nos interesamos por saber qué sucede en una clase y qué está pasando con la motivación de los estudiantes por adentrarse en el mundo del derecho penal en nuestra Universidad. Respecto a ello, la brecha de género entre hombres y mujeres no parecería existir. Al contrario, lo que tanto Laura como Ligia han percibido desde su labor como docentes del área es que no existen diferencias significativas en este aspecto. De hecho, Ligia manifestó que ocurre totalmente lo contrario, es decir, la mayoría del equipo de apoyo formado por estudiantes en los cursos que dicta, son mujeres. Inclusive, en contraste con la época donde ella era la única monitora mujer de esta materia, ya ha habido semestres donde todas las monitoras de las secciones han sido mujeres. Según ellas, el papel que ha tenido la Universidad ha sido crucial para la producción de dicho cambio, pues afirman que el área de derecho penal siempre les ha abierto las puertas a las mujeres permitiéndoles así, escalar hasta las posiciones que ostentan hoy en día. 

Como dice Laura, ‘‘siempre hay’’, siempre hay mujeres interesadas en el derecho penal, siempre hay mujeres estudiantes de derecho que, como Laura y Ligia, sin importar los comentarios de terceros, decidieron incursionar en dicha área. Mujeres que ante la pregunta de ‘‘¿Por qué una niña -con todas las implicaciones de usar esta palabra- como tú haría derecho penal?’’ con toda la energía respondan ‘‘¡Es que me encanta!’’. Esto nos lleva a reflexionar sobre la desigualdad de género que hemos abordado a lo largo de este artículo, la cual, podría estarse generando incluso, en espacios fuera del salón de clase.

Hablar acerca de la brecha de desigualdad existente entre hombres y mujeres ya sea en el ámbito penal o en cualquier otro, parece no ser una gran novedad. Las cifras llueven, las denuncias se triplican y en las calles se comenta una y otra vez sobre lo injusto que es el mundo para quienes pertenecemos al género femenino. Pero ya basta. Ya basta de criticar y criticar sin tomar acciones al respecto. Esperar cruzadas de brazos a que se cree mágicamente un nuevo ordenamiento jurídico ultra protector para las mujeres o creer incluso en que el derecho es la solución a todos nuestros problemas, sería estar equivocados. Pensar que en un abrir y cerrar de ojos podremos gozar de los derechos que los hombres llevan disfrutando desde cientos de siglos atrás, es también un error. Creemos que ejemplos como el de estas dos mujeres pueden ser mecanismos mucho más efectivos para combatir con un mundo machista que, hagamos lo que hagamos, está esperando nuestra llegada con los brazos abiertos. Así que ya saben: 3 pasos firmes, la frente en alto y una mirada segura y penetrante.


[1]  Carmona Suárez, M. P. MUJER VS ABOGADA [Tesis de maestría, Universidad de los Andes]. Séneca Repositorio Institucional. https://repositorio.uniandes.edu.co/bitstream/handle/1992/12831/u703570.pdf?sequence=1&isAllowed=y

[2] Sobre este aspecto, es importante mencionar que excluimos de nuestros cálculos la normativa penal, lecturas complementarias, jurisprudencia y recursos audiovisuales como vídeos o podcast. 

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